Registro Civil Central de España
El Registro Civil Central es un Organismo único a cargo de la Dirección General de los Registros y del Notariado, dependiente del Ministerio de Justicia. Se encarga entre otras cosas de recopilar todas aquellas otras funciones que no son competencia de los otros registros (Registros Municipales y Registros Consulares).
El Registro Civil Central está ubicado en la Calle de la Montera, 18 de la ciudad de Madrid.
Su marco jurídico está contenido en la Ley del Registro Civil, su reglamento y el Real Decreto 644/1990 del 18 de mayo sobre normas relativas al Registro Civil Central.
¿Cómo está organizado el Registro Civil Central?
El Registro Civil Central está subordinado al Ministerio de Justicia y dentro de este de la Dirección General de los Registros y del Notariado, este Registro forma parte de la estructura orgánica del Ministerio por la cual la Jefatura lo ocupa un funcionario de la Dirección General o un Juez Municipal o Comarcal y son dos Magistrados asistidos por otros tantos Secretarios Judiciales los otros Funcionarios Encargados.
Los Magistrados se sustituirán entre si y en su defecto serán sustituidos por los Encargados del Registro Civil de Madrid (Disposición adicional primera del Real Decreto 644/1990 del 18 de mayo.
¿Cuáles son los hechos inscribibles en el Registro Civil Central?
Establece el articulo 18 de la Ley del registro Civil cuales son las competencias del registro Civil Central, las cuales son las siguientes:
- Inscripción de los duplicados:
– Se lleva a cabo bajo este organismo, la inscripción de los libros formados con los duplicados de las inscripciones consulares, es decir a manera de ejemplo podemos mencionar el caso de que un ciudadano español que esté en el extranjero, debe realizar la inscripción del hecho modificativo del estado civil ante el Consulado de España de su ciudad, y este tiene entre sus funciones remitir el duplicado del hecho inscribible a España, específicamente en el Registro Civil Central ubicado en Madrid..
– También son poseedores del duplicado de las inscripciones de nacimientos realizadas ante los Registros Municipales correspondientes.
– Modificaciones judiciales sobre la capacidad de obrar.
– Constitución y modificación de cargos tutelares.
– Prorroga o rehabilitación de la patria potestad.
– Medidas judiciales sobre guarda o administración de presuntos incapaces o menores no sujetos a patria potestad.
– Vigilancia y control de tales cargos antes mencionados.
– Constitución de patrimonios protegidos y designación y modificación de administradores de patrimonios protegidos practicadas en los distintos Registros Municipales bajo la denominación “Libro de Incapacitaciones, cargos tutelares y administradores de patrimonios protegidos”.
El fin de duplicar los libros de los Registros Municipales y Consulares es el de centralizar los datos de los hechos inscribibles para facilitar su utilización y consulta, ademas de brindar una seguridad extra sobre los datos registrables.
- Fallecimiento de extranjero al servicio de las Fuerzas Armadas, las Fuerzas de Seguridad española o en misión militar:
Se inscriben ante el Registro Civil Central la declaración de fallecimiento de personas extranjeras al servicio de las Fuerzas Armadas o las Fuerzas de Seguridad española, siempre que el deceso hubiere ocurrido en misión militar o a raíz de sus actuaciones militares en el extranjero y que el Registro Civil del país donde se produjo el fallecimiento no hubiese realizado tal inscripción.
- Inscripción de los matrimonios secretos.
- El nacimiento de españoles ocurridas en el extranjero, el nacimiento y la adopción constituida en el extranjero y el nacimiento de extranjeros que adquieran la nacionalidad española.
- Modificaciones de vecindad y nacionalidad de extranjeros.
- La defunción de españoles acontecidas en el extranjero.
- El matrimonio celebrado en el extranjero entre españoles o personas que posteriormente adquieran la nacionalidad española.
Entre otras de sus competencias está las de Expedir las certificaciones registrales y de Libros de Familia oportunos, instruir y resolver los expedientes de su competencia y despachar consultas a los particulares.
¿Cómo se realizan las tramitaciones ante el Registro Civil Central de España?
Nombraremos algunas de las solicitudes mas aclamadas ante este Registro:
Certificado de Nacimiento del Registro Civil Central
- Nacimiento de español en el extranjero:
Se realiza ante el Registro Civil Central si el promoviente tiene domicilio en España. La inscripción debe realizarse ante el Registro Central y después en el Registro Consular correspondiente. Deberá consignar los siguientes requisitos:
– Certificación original de nacimiento expedido por el registro extranjero.
– Certificación literal de nacimiento de padre o madre español.
– Empadronamiento en España y declaración complementaria de los datos.
- Nacimiento y adopción de extranjeros:
Para la realización de adopciones internacionales deberás consignar los siguientes documentos:
– Presentar testimonio de la resolución judicial legalizada por el Cónsul de España y traducida en su caso de la inscripción de la adopción internacional.
– Certificado de idoneidad expedido por la Comunidad Autónoma respectiva.
– Certificado original de nacimiento del niño.
– Certificado literal de nacimiento del o de los adoptantes.
– Certificado literal de matrimonio (en caso de que hubiese)
– Cuestionario de declaración de datos sobre la filiación biológica y otro sobre la filiación adoptiva.
Certificado de Matrimonio en el Registro Civil Central
- Matrimonio de español en el extranjero:
Al igual que para el certificado de nacimiento, si es español y se ha casado en el extranjero, deberá inscribir dicho acontecimiento en el Registro Civil Central.
- El matrimonio secreto:
Para obtener la categoría de matrimonio secreto este debe inscribirse ante el Registro Civil Central. En los casos de matrimonio civil secreto se requiere de aprobación del Ministerio de Justicia si observare que existen motivos suficientes para realizarla de este modo, este expediente se tramitará reservadamente por el Encargado del Registro del domicilio de los contrayentes y el acta de matrimonio será luego remitida al Registro Central para su inscripción.
Certificado de Defunción del Registro Civil Central
- Defunción de español ocurrida en el extranjero:
Para realizar este trámite deberá aportar:
– Certificado de defunción suministrado por el Encargado del Registro Civil extranjero.
– Documento que haga constar que el ciudadano fallecido sea de nacionalidad española, puede ser certificado literal de su nacimiento, pasaporte, Documento Nacional de Identidad u otros que prueben que el fallecido era español.
– Es necesaria su legalización y traducción (si fuere necesario)