Certificado de Defunción
El artículo 32 del Código Civil español establece que “La personalidad civil se extingue con la muerte de la persona”. Al hablar de personalidad, nos referimos a la aptitud legal para ser titular de deberes y derechos.
Dicho en otras palabras, significa la verificación del fallecimiento conlleva a la apertura de una articulación de efectos jurídicos, entre los que podemos destacamos que pone fin a la personalidad, extingue el vínculo matrimonial, termina con la patria potestad y permite abrir la sucesión hereditaria. Además, si el fallecido estaba cumpliendo condena penal, ésta también se extingue. Para poder tramitarse hay que demostrar el deceso.
La prueba fundamental para verificar la muerte es la inscripción de la defunción en el Registro Civil correspondiente, y esta se logra con el certificado de defunción médico. Establece el artículo 66 de la Ley del Registro Civil que “En ningún caso podrá efectuarse la inscripción de defunción sin que se haya presentado ante el Registro Civil el certificado de defunción”.
¿Qué es el certificado de defunción médico?
El certificado de defunción médico consiste en una plantilla jurídica administrativa, la cual es suministrada por el centro clínico o el establecimiento de salud donde acaeció el fallecimiento.
En el certificado médico de salud aparecen todos los datos sobre el fallecido, la hora, fecha y lugar de la defunción, así como las causas que produjeron su deceso. Sirve para obtener licencia de enterramiento o de incineración.
El artículo 36 del Código de Deontología Médica en su numeral 6 de la Organización Médica Colegial, establece que es el médico que haya tenido mayor carga asistencial sobre el paciente el que tiene una mayor responsabilidad ética al cumplimentar el certificado de defunción en todos sus apartados, y que no es deontológicamente aceptable rehuir el compromiso de certificarla cuando se produce si se ha presenciado la misma, se conoce al paciente o se tiene a disposición la historia clínica.
Por lo tanto es el médico tratante quien debe completar el modelo de certificado de defunción.
Al presentar el certificado de defunción en el Registro Civil se da fe de que la persona ha fallecido. La inscripción del certificado de defunción en el Ministerio de Justicia hace conocedor al Estado, por medio de las bases del Registro Civil, de que determinada persona ha fallecido, así pues, el interesado podrá a través de esta institución solicitar otro certificado: El certificado de defunción o certificado de defunción oficial.
¿Cómo se realiza el trámite de solicitud del Certificado de defunción?
Para solicitar el certificado de defunción hay que acceder a la página web del Ministerio de Justicia. Podrá realizarla cualquier persona interesada a fin de cumplir con la publicidad registral, salvo las excepciones contenidas en el artículo 21 del Reglamento del Registro Civil, que requieren de aprobación especial:
- Sobre la filiación ilegítima, desconocida o de circunstancias que descubran tal carácter de la legitimación, de la fecha del matrimonio que conste en el folio de nacimiento, si éste ocurrió antes de los ciento ochenta días de su celebración, y del cambio del apellido Expósito u otros análogos o inconvenientes.
- Sobre la adopción, cuando el adoptado lleva como primer apellido el del adoptante.
- Sobre las causas de nulidad o separación de un matrimonio o de las de privación o suspensión de la patria potestad.
- Sobre los documentos archivados, en cuanto a los extremos citados en los números anteriores o a circunstancias deshonrosas, o que estén incorporados en expediente que tenga carácter reservado.
- Y por último, sobre el legajo de abortos.
El trámite a través de la página web del Ministerio de Justicia se realiza del mismo modo que las otras solicitudes para la obtención de los certificados de nacimiento o de matrimonio. En consecuencia es vinculante también los tipos de certificados que puede solicitar, entre certificados positivos y sus variantes: en extracto, ordinario, plurilingüe, bilingüe y literal, y los certificados negativos.
Para hacer la solicitud debes cumplir una serie de pasos enumerados a continuación:
- Viste la página web del Ministerio de Justicia: http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/inicio.
- Una vez dentro, seleccione la opción “Trámites y gestiones personales”.
- Al abrir la nueva ventana, en la sección “Defunción”,seleccione “Certificado de Defunción.
- Abrirá una nueva página en la que deberá indicar como va a solicitarlo/presentarlo, entre las opciones de: presencial, por correo o por Internet.
- En el caso correspondiente de solicitud por Internet, debe seleccionar la opción que más se adecúe a sus necesidades. En este caso puede escoger la opción “Solicitud de Certificado de Defunción” a través de la tramitación on-line sin certificado digital.
- Luego abrirá una nueva página, en la que se le pedirá que rellene unos campos de datos relativos al solicitante.
- Una vez verificado que todos los campos con sus datos estén correctos, seleccione la opción “Enviar”.
- Y listo, sólo queda esperar que llegue la Certificación de Defunción.
Con respecto a la modalidad presencial, por correo y por Internet, los requisitos necesarios para realizar la solicitud son las siguientes:
Solicitud presencial del certificado de defunción
Deberá dirigirse personalmente a la oficina del Registro Civil correspondiente en el que esté inscrito el fallecimiento. En esta modalidad el retiro del certificado se realizará a través de las ventanillas del Registro Civil, donde deberá presentar los siguientes documentos:
– Consignar el formulario completo “Modelo de Solicitud de Certificado de Defunción”. Lo puede obtener en la página web del Ministerio de Justicia.
– Nombre y apellidos del fallecido, fecha y lugar de fallecimiento.
– Indicar qué tipo de certificado desea.
Solicitud por correo del certificado de defunción
Las solicitudes de defunción se pueden realizar por correo ordinario, dirigiendo una carta al Registro Civil en la que se indique el nombre y la dirección postal a donde será enviado. El plazo de entrega generalmente es de 15 días, siendo recomendable dejar algún número de teléfono como contacto. Además de ello deberá indicar:
– Consignar el formulario completo “Modelo de Solicitud de Certificado de Defunción”. Disponible en la página web del Ministerio de Justicia.
– Nombre, apellidos y DNI de la persona que solicita el certificado.
– Nombre, apellidos del fallecido y lugar y fecha de fallecimiento.
– Indicar que tipo de certificado desea.
Solicitud del certificado de defunción online
También podrá realizar el trámite online sin certificado digital, para ello es necesario que la inscripción de fallecimiento conste en Registro Civil automatizado. Es importante que verifique la sección “Comprueba si tu equipo cumple con los requisitos para realizar el trámite”, a fin de que no haya ningún inconveniente en el momento de realizar la solicitud.
Bajo esta modalidad, el certificado será remitido por correo ordinario preferiblemente, o de forma presencial en caso de que así lo haya expresado. Y es necesario indicar:
– Consignar el formulario completo “Modelo de Solicitud de Certificado de Defunción”. Disponible en la página web del Ministerio de Justicia.
– Nombre, apellidos y DNI de la persona que solicita el certificado.
– Nombre, apellidos del fallecido y lugar y fecha de fallecimiento.
– Indicar que tipo de certificado desea.
Para obtener una información más detallada, diríjase al portal web del Ministerio de Justicia: http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/inicio.